Irán tras medidores alterados (Tomada de El Panamá América)
Por Maritza Bonilla
El artículo 142 de la Ley 6 del 3 de febrero de 1997 (Marco Regulatorio de Electricidad) establece sanciones a las personas que alteren los medidores que registran el consumo de energía eléctrica, sin embargo, la práctica sigue.
Es por ello que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) recientemente emitió diversas resoluciones de sanciones a clientes de la empresa distribuidora elektra NORESTE por cometer esta falta.
De acuerdo con un comunicado de la empresa de distribución eléctrica, los cuatro clientes de elektra NORESTE sancionados por la ASEP, además de pagar a la empresa entre todos, más de B/.4 mil en concepto de consumo no registrado por sus medidores, deberán cancelar las multas interpuestas por la ASEP a favor del Tesoro Nacional.
La ASEP aprovechó para hacer un llamado de atención a la población para que eviten esta ilegalidad.